Por: Abog. Johnny Jesús Marzano Mejía
CEO y fundador de MEECSAC. Especialista en Formalización Minera, Regulación de Explosivos y Cumplimiento Regulatorio.
En una operación minera, una obra civil o cualquier actividad que requiera explosivos y materiales relacionados de uso civil (EMR), contar con un polvorín no significa simplemente disponer de un espacio para almacenarlos. Se trata de una instalación crítica para la seguridad y continuidad de la operación, que debe cumplir condiciones técnicas, documentarias y operativas y contar con la autorización correspondiente de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC).
Una operación puede tener aprobado su proyecto, personal, equipos y cronograma, pero si no cuenta oportunamente con las condiciones necesarias para almacenar legalmente sus EMR, puede enfrentar una barrera para continuar sus actividades. Por ello, la gestión del polvorín debe planificarse desde el inicio y no cuando ya se necesitan adquirir los explosivos.
SUCAMEC: más que una autorización
El Reglamento de la Ley N.° 30299 establece que la función regulatoria del Estado en materia de EMR se ejerce a través de SUCAMEC y que el control busca preservar la seguridad nacional, el orden interno, la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica.
Por ello, la evaluación de un polvorín no se limita a verificar la existencia de una infraestructura. También comprende aspectos como las condiciones de almacenamiento, seguridad, ubicación, capacidad, personal responsable y documentación.
El Reglamento establece que quienes pretendan comercializar, importar, exportar, adquirir o utilizar EMR deben contar previamente con almacenamiento autorizado, contratar un servicio especializado autorizado o utilizar instalaciones de terceros que cuenten con las autorizaciones correspondientes.
En otras palabras, el polvorín forma parte de la cadena de cumplimiento que permite que los EMR lleguen de manera legal y segura hasta la operación.
No existe un único tipo de polvorín
La Directiva PM01.02/GEPP/DIR/40.01 de SUCAMEC distingue, según su construcción, entre polvorines superficiales, subterráneos y semienterrados. Además, el Reglamento contempla clasificaciones como permanentes, provisionales, móviles y especiales.
Cada alternativa responde a determinadas características de la operación. Por ello, antes de comprar un contenedor, iniciar excavaciones o ejecutar obras civiles, es fundamental determinar qué tipo de polvorín se necesita y si el lugar proyectado permitirá cumplir las condiciones que posteriormente verificará SUCAMEC.
Una decisión incorrecta en esta etapa puede generar modificaciones de infraestructura, gastos adicionales y retrasos.
Diseñar conforme a la normativa
Tener un contenedor acondicionado o una estructura aparentemente segura no significa automáticamente contar con un polvorín apto para ser autorizado.
La normativa establece exigencias relacionadas con la ubicación, características constructivas, distancias de seguridad, cercos, accesos, ventilación, condiciones del terreno, sistemas eléctricos, puesta a tierra, protección contra descargas atmosféricas, señalización, almacenamiento compatible, equipos de emergencia, seguridad física y planes de contingencia, entre otras.
Por ello, una recomendación práctica es diseñar primero conforme a la normativa y construir después conforme al diseño. Adaptar una instalación ya construida puede generar mayores costos que desarrollar correctamente el proyecto desde el comienzo.
La autorización y sus costos también deben planificarse
El Reglamento señala que la autorización de almacenamiento se otorga por cada polvorín o almacén. Asimismo, para el trámite debe acreditarse el pago de la tasa correspondiente por cada instalación o grupo de instalaciones ubicadas en zonas o áreas distintas, según corresponda.
Por ello, una empresa que proyecta implementar varios polvorines debe evaluar previamente la cantidad de instalaciones, su ubicación y la configuración del proyecto para determinar correctamente los derechos administrativos aplicables.
Un presupuesto serio debe considerar desde el inicio infraestructura, documentación técnica, seguridad, seguros y tasas administrativas.
La inspección empieza antes de que llegue el inspector
SUCAMEC inspecciona los polvorines consignados en la solicitud y otorga su conformidad cuando corresponde. Por ello, no basta con terminar la infraestructura.
La empresa debe contar con personal que conozca el polvorín, sus medidas de seguridad, capacidades, procedimientos, documentación y responsabilidades. El encargado del despacho y seguridad debe acreditar capacitación y experiencia para las funciones asignadas.
El polvorín debe estar preparado para una inspección, pero el equipo responsable también.
Seguro y personal manipulador
Como regla general, los titulares de autorizaciones vinculadas al almacenamiento y otras actividades con EMR deben contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a las personas y a la propiedad pública y privada.
Sin embargo, para la autorización de almacenamiento existe una excepción relevante para el sector minero: el Reglamento exceptúa de presentar esta póliza a los mineros que se encuentren dentro del proceso de formalización minera, es decir, quienes estén inscritos en el REINFO.
Asimismo, toda persona que por sus labores tenga contacto permanente u ocasional con EMR debe contar con la autorización de manipulación correspondiente, mediante el respectivo carné de manipulador. Para obtenerla se requiere, entre otras condiciones, acreditar experiencia y capacitación.
Cuando se solicita autorización para adquisición y uso de EMR, el personal que operará los explosivos debe contar con autorización vigente de SUCAMEC.
Por ello, la gestión no termina con autorizar el polvorín. Debe existir coherencia entre la infraestructura autorizada, los responsables de seguridad, los manipuladores acreditados y las autorizaciones de adquisición, uso, traslado y demás permisos que correspondan.
Un polvorín autorizado protege más que los explosivos
Cumplir con la normativa de almacenamiento no debería verse únicamente como una obligación administrativa. Un polvorín correctamente diseñado, implementado y autorizado permite proteger a los trabajadores, disminuir riesgos para las comunidades cercanas, conservar adecuadamente los EMR, mantener la trazabilidad y fortalecer la continuidad de la operación.
Existe una diferencia sustancial entre tener un polvorín y contar con un sistema de almacenamiento preparado para superar una evaluación de SUCAMEC. La segunda alternativa comienza con una evaluación técnica y regulatoria antes de ejecutar la inversión.
MEECSAC, contigo en cada paso de tu operación minera
Si tu empresa necesita implementar un nuevo polvorín, obtener su autorización o renovación, levantar observaciones o evaluar previamente si sus instalaciones cumplen las exigencias de SUCAMEC, puede comunicarse con MEECSAC a través de sus redes sociales o a los números 955 753 194 y 946 628 457.
Asimismo, los invitamos a acompañarnos en MEECSAC TE ESCUCHA, programa transmitido a través de YouTube, TikTok y Facebook, donde continuaremos respondiendo consultas y analizando temas relacionados con explosivos, formalización minera y regulación.
En materia de EMR, anticiparse a la observación siempre será mejor que corregirla cuando la operación ya está esperando.

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